REVOLUCIÓN FISCAL VALENCIANA

Las Cortes Valencianas ya tramitan de urgencia la supresión de facto de donaciones y sucesiones

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El presidente de la Generalitat Valenciana Carlos Mazón.
Ignacio Martínez

Las Cortes Valencianas han puesto en marcha por procedimiento de urgencia la tramitación del proyecto de ley de la Generalitat Valenciana que suprimirá de facto los impuestos de sucesiones y donaciones en este territorio, con una bonificación del 99% de los citados impuestos. Esta iniciativa es la conocida como el final del impuesto a los muertos.

Se trata de un compromiso que el nuevo presidente de la Generalitat Valenciana el popular Carlos Mazón adquirió ya en septiembre de 2021, cuando, aún en la oposición, presentó la conocida como su revolución fiscal. Y, con posterioridad, esta misma iniciativa fue contemplada en el punto 9 del acuerdo de gobernabilidad alcanzado por Partido Popular y Vox en la Comunidad Valenciana con fecha 15 de junio, también de este año.

Precisamente, por lo que concierne al Ejecutivo, este proyecto de ley ha sido aprobado con fecha 3 de octubre, también de este 2023. Y remitido con posterioridad a las Cortes Valencianas, que a su vez han iniciado la tramitación por «procedimiento de urgencia, envío a la comisión correspondiente y apertura del plazo de presentación de enmiendas».

De hecho, la puesta en marcha de la tramitación ha sido publicada en el Boletín Oficial de las Cortes Valencianas de fecha 13 de octubre, bajo el epígrafe textos en tramitación.

Bonificación del 99%

Este proyecto de ley, según reza en su exposición de motivos, supone la «bonificación del 99% de la cuota tributaria en las adquisiciones mortis causa y percepciones de cantidades obtenidas por los beneficiarios de seguros de vida «que se añaden al caudal hereditario efectuado por parientes del causante pertenecientes a los grupos I y II del artículo 20.2 y de la Ley 29/1987 de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En segundo lugar, inter vivos celebradas en favor de cónyuges, padres, adoptantes, hijos o adoptados del donante, simplificándose la actual regulación de las reducciones asociadas al parentesco e incorporando como beneficiarios a los cónyuges del donante».

Incluye la modificación de los apartados, 1.r y 2.n, del artículo 10 bis de la ley 13/1997, que es la que regula el tramo autonómico del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y restantes tributos cedidos.

Efecto positivo en las familias

Las razones que han llevado al Ejecutivo de Carlos Mazón a impulsar esa bonificación de Sucesiones y Donaciones se recogen en la exposición de motivos de la modificación de ley que tramitan ya las Cortes, en la que se sostiene que la aplicación del Impuesto de Sucesiones supone «en buen número de casos, un perjuicio económico muy grave para muchas familias», que «deben hacer frente al pago de este tributo sin que la herencia suponga ningún beneficio económico ni ningún incremento real en el patrimonio de la persona heredera».

Y agrega, además, que «de hecho, la imposibilidad de hacer frente al importe económico del impuesto aboca a muchas personas tener que renunciar a su herencia».

Añade, también, que «frente al oneroso del impuesto de Sucesiones para las familias, se encuentra la escasa incidencia sobre el total de los ingresos públicos», que supone «apenas un 1% de los ingresos previstos en el presupuesto de la Generalitat».

Y sostiene, además, que «lo mismo ocurre con el gravamen sobre las donaciones, que apenas supone el 0,1% de los ingresos públicos, y sobre el que no existe ningún tipo de bonificación en la cuota tributaria que deben pagar los valencianos y valencianas».

 

 

 

 

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